Su regulación se establece en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el cual estable:
Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:
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En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
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En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
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En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
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En las oficinas de asistencia en materia de registros.
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En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
El Ayuntamiento de La Palma del Condado, ofrece este servicio a los ciudadanos, ya que nuestro Ayuntamiento se encuentra integrado con el Sistema de Interconexión de Registros “S.I.R.”; que se trata de un sistema tecnológico que permite la interoperabilidad de los Registros Electrónicos Generales de las diferentes Administraciones Públicas. Esta estructura de registros conectados nos va a permitir intercambiar asientos registrales de forma segura entre las diferentes Administraciones Públicas.